"La Justicia se pronunció por primera vez contra la Ley de Medios cuestionando su constitucionalidad. Suspendió la vigencia de dos artículos -el 161 y el 41- con una medida cautelar que impide la aplicación de los mismos.
El juez federal Edmundo Carbone -del juzgado Federal Número 1- notificó a la Jefatura de Gabinete de Ministros (de la que depende la Secretaría de Medios de Comunicación) sobre la suspensión provisional de los artículos. Ambos forman parte de la ley 26.522, que el Gobierno llamó de "Servicios de Comunicación Audiovisual", pero que en la práctica busca restringir el funcionamiento de los medios."
Pero, quién es el juez Carbone. Veamos la noticia que publicó el diario La Nación el 20 de septiembre de 1996:
"El diputado nacional por el Frepaso, Alfredo Bravo, reclamó ayer el juicio político del juez federal Edmundo Carbone que prohibió la exhibición del film "La última tentación de Cristo", de Martin Scorsese, el martes último (...). El pedido firmado por el legislador socialista fue acompañado por sus compañeros de bancada, Héctor Polino y Carlos Raimundi, y por las diputadas radicales Elisa Carrió y Elisa Carca.
Otras novedades salientes de la jornada fueron la presentación como tercero interesado en la causa del diputado radical Marcelo Stubrin, en su carácter de usuario de la televisión por cable, y el recurso de amparo contra la decisión del juez Carbone, realizada por un concejal del Frente Grande en Rosario.
En tanto, el Centro de Estudiantes de la Facultad de Filosofía informó que proyectará la película hoy, a las 19, en la sede académica de Puan 470, como una forma de "rechazo a la censura".
Por su parte, el abogado del canal Space, Hugo Canessa expresó que "el juez dejó sin protección legal a la empresa, y olvidó un principio de derecho que sostiene que las medidas cautelares deben ser resueltas por los jueces que se declaren aún incompetentes".
El letrado indicó también que "el proceso puede extenderse en días o meses, con un grave perjuicio a la empresa y a los ciudadanos por mantenerse vigente un acto de censura previa"."
"Ya resulta inadmisible que, a trece años de recuperada la democracia en la Argentina, un integrante del Poder Judicial prohíba la proyección de una película al aplicar la autoritaria figura de la censura previa, expresamente vedada por la Constitución Nacional", sostuvo la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA). "Así, nuestra Carta Magna ha sido violada por quien debe ser su principal custodio, en un sistema democrático y republicano de gobierno", dijo ADEPA.
El juez federal Edmundo Carbone -del juzgado Federal Número 1- notificó a la Jefatura de Gabinete de Ministros (de la que depende la Secretaría de Medios de Comunicación) sobre la suspensión provisional de los artículos. Ambos forman parte de la ley 26.522, que el Gobierno llamó de "Servicios de Comunicación Audiovisual", pero que en la práctica busca restringir el funcionamiento de los medios."
Pero, quién es el juez Carbone. Veamos la noticia que publicó el diario La Nación el 20 de septiembre de 1996:
"El diputado nacional por el Frepaso, Alfredo Bravo, reclamó ayer el juicio político del juez federal Edmundo Carbone que prohibió la exhibición del film "La última tentación de Cristo", de Martin Scorsese, el martes último (...). El pedido firmado por el legislador socialista fue acompañado por sus compañeros de bancada, Héctor Polino y Carlos Raimundi, y por las diputadas radicales Elisa Carrió y Elisa Carca.
Otras novedades salientes de la jornada fueron la presentación como tercero interesado en la causa del diputado radical Marcelo Stubrin, en su carácter de usuario de la televisión por cable, y el recurso de amparo contra la decisión del juez Carbone, realizada por un concejal del Frente Grande en Rosario.
En tanto, el Centro de Estudiantes de la Facultad de Filosofía informó que proyectará la película hoy, a las 19, en la sede académica de Puan 470, como una forma de "rechazo a la censura".
Por su parte, el abogado del canal Space, Hugo Canessa expresó que "el juez dejó sin protección legal a la empresa, y olvidó un principio de derecho que sostiene que las medidas cautelares deben ser resueltas por los jueces que se declaren aún incompetentes".
El letrado indicó también que "el proceso puede extenderse en días o meses, con un grave perjuicio a la empresa y a los ciudadanos por mantenerse vigente un acto de censura previa"."
"Ya resulta inadmisible que, a trece años de recuperada la democracia en la Argentina, un integrante del Poder Judicial prohíba la proyección de una película al aplicar la autoritaria figura de la censura previa, expresamente vedada por la Constitución Nacional", sostuvo la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA). "Así, nuestra Carta Magna ha sido violada por quien debe ser su principal custodio, en un sistema democrático y republicano de gobierno", dijo ADEPA.
Recién leí que ya renunció...que pedazo de hdep.
ResponderEliminarMarcelo
Además, según informa hoy El Argentino el juez está renunciado, con fecha 31/12/2009. ¿Habrá ido a los Cursos Clarín para magistrados? ¿Se habrá conseguido un buen fondo de retiro? Mmmm...El clientelismo de Clarín es como el de Rolex, pocos pero nivel ABC.....
ResponderEliminarEl barro de la miseria no tiene fondo...
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