martes, 6 de octubre de 2009

Aval de la Justicia al fin de las AFJP

La Cámara de Seguridad Social volvió a avalar el traspaso de los fondos previsionales de las administradoras de fondo de pensión al sistema estatal, al rechazar el planteo de un particular que pretendía que sus aportes jubilatorios fueran a una compañía de seguros de retiro privada.
Fuentes judiciales dijeron que la resolución la dictó la Sala I de la Cámara, que negó que esos fondos constituyeran un "derecho de propiedad", ratificó la ley que eliminó a las AFJP y dispuso que todos los aportes pasaran al sistema llamado "de reparto".
"Recién existe un derecho adquirido cuando las prestaciones previsionales se incorporan al patrimonio, al producirse el otorgamiento del beneficio", expresaron los camaristas Liliana Maffei de Borghi, Victoria Pérez Tognola y Bernabé Chirinos.
El tribunal, que revocó la sentencia de primera instancia, afirmó que no hay un derecho adquirido a que las leyes permanezcan inalterables, y que "sólo existe la expectativa a la percepción del beneficio" una vez cumplidos los requisitos legales.
"El Estado Nacional -agregaron los camaristas- garantiza a los afiliados y beneficiarios del derogado régimen de capitalización la percepción de iguales o mejores prestaciones y beneficios que los que gozaban a la fecha de entrada en vigencia", de la nueva ley.
El tribunal recordó, además, que la ley que creó las AFJP preveía que "los bienes y derechos que componen el patrimonio del fondo de jubilaciones y pensiones serán inembargables y estarán sólo destinados a generar las prestaciones".

Fuente: Telam

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