miércoles, 7 de octubre de 2009

Ley de Medios: Y si la modifica el Senado?


A través de un correo nos recomiendan darle una mirada a
El blog de los parlamentos para aclarar los tantos respecto a qué debería suceder en Diputados si en el Senado se modifica la Ley de Medios Audiovisuales.

En tiempos de chamuyeros en cadena nacional de redes privadas de comunicación, es bueno saber que: "Si volvemos a leer despacito el artículo 81 (de la Constitución Nacional), vemos que “La Cámara de origen [Diputados, en este caso] podrá por mayoría absoluta de los presentes aprobar el proyecto con las adiciones o correcciones introducidas o insistir en la redacción originaria, a menos que las adiciones o correcciones las haya realizado la revisora por dos terceras partes de los presentes.” Queda claro, entonces, que si el Senado modifica el proyecto por mayoría absoluta de los presentes, es esa la mayoría que se va a precisar en Diputados tanto para aceptar las modificaciones como para insistir en su redacción. Esto es independiente de los aspectos políticos del asunto, léase victoria o derrota del gobierno por no haber conseguido la sanción definitiva en el Senado (¿todo tiene que ser tan absoluto?)."

Clarísimo, Clarín?

Ver procedimiento para la formación y sanción de leyes aquí

No hay comentarios:

Publicar un comentario