viernes, 4 de junio de 2010

Participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas


Dice la Constitución Nacional de la República Argentina:

Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección (...).

Así las cosas, en la Cámara de Diputados comienzan a moverse legisladores del Frente para la Victoria con el fin de poner en funcionamiento un derecho que espanta a empresarios que aún son reacios a otorgar aumentos de sueldos que permitan mejorar la participación de los asalariados en el reparto del producto nacional.

"No hay que perder tiempo en discusiones. Hay que plantear el tema de fondo. La participación en las ganancias figura en la Constitución de 1957, cuando se incorporó un artículo muy valioso, el 14 bis. No puede ser que haya letra muerta, tenemos que hacerla vivir", afirmó Héctor Recalde a La Nación. "Una de las argumentaciones del diputado del Frente para la Victoria es que el hecho de volcar más recursos a los trabajadores 'beneficiaría a las pequeñas empresas'. 'Servirá para que haya mayor poder adquisitivo en el trabajador, que no va a veranear ni a Cuba ni al Caribe, sino que consume en el mercado interno', consideró."

La mención de Cuba, por parte de Recalde, no es casual ya que es allí a donde lo mandó el presidente de la UIA, Héctor Méndez, cuando se enteró de la noticia.

Además de Reclade, el diputado Dante González, ya presentó un proyecto de ley para obligar a las empresas a repartir entre sus empleados el 10% de las utilidades netas de cada ejercicio.

La propuesta contempla que para determinar el monto a distribuir se tomará como base la declaración que hubiese presentado la empresa ante la AFIP, a los efectos del pago del Impuesto a las Ganancias. En caso de que las utilidades de las compañías resulten mayores a las declaradas, la empresa estará obligada a efectuar una distribución adicional, incrementándose las mismas en un 50 por ciento.

La monada está con los pelos de punta. "El proyecto fue eje de críticas de varios participantes del congreso de la Asociación de Industrias Metalúrgicas (Adimra). 'Es como que estés desayunando y venga alguien y te escupa el café', ilustró un ejecutivo de una terminal automotriz, que consideró 'impracticable' la propuesta. (...) Por su parte, el abogado Juan Carlos Mariani, asesor de empresas, sostuvo que no necesariamente la expresión del artículo 14 bis implica el reparto directo de utilidades y consideró que las paritarias implican una participación. Y opinó que el tema no debería ser impuesto por una ley. 'Lo que dice la Constitución es programático y por lo tanto requiere un trabajo entre los actores sociales, las centrales obreras y empresarias, algo que acá no se hizo -señaló el abogado Gustavo Gallo-. Deben presentarse alternativas'. Gallo consideró que se debe analizar la cuestión desde el punto de vista de la práctica y la oportunidad, 'sobre todo ahora que el Gobierno está haciendo enormes esfuerzos para mantener el nivel de empleo'.

Si, ya se. La propuesta es pura pose. Porque nosotros somos de re-derecha. No Pino?



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