viernes, 17 de abril de 2009

Menores, sociedad, delito y represión


“Dos chicos de 16 y 17 años fueron hallados muertos el fin de semana en un instituto de menores de la Provincia. El hecho ocurrió entre la noche del sábado y la madrugada del domingo en el Centro de Recepción de La Matanza, que alojaba a adolescentes con causas penales que había sido inaugurado a principios de mes. El establecimiento fue clausurado en forma preventiva” (Clarín, 18 de noviembre de 2008).

El 14 de Julio de 2006 se hizo público el Primer Informe Nacional sobre Chicos Privados de la Libertad, desarrollado por la Secretaría de Derechos Humanos y Unicef. El trabajo señalaba, entre otras cosas, que más de veinte mil niños y adolescentes están recluidos, el 13% está detenido por hechos delictivos, mientras que el 87% restante lo está por causas asistenciales. Además, se refleja que, en algunos casos, chicos con “causas asistenciales” comparten el mismo establecimiento con menores con “causas penales”.

“La separación de los niños y niñas de sus familias y su consecuente institucionalización, lejos de evitar problemas, constituyeron el camino hacia la carrera delictiva. Los institutos y ‘reformatorios’, además de violar los derechos de los niños y niñas internos, han sido verdaderas escuelas del delito”, concluye taxativamente.

El responsable de la Dirección Nacional de Derechos y Programas para la Niñez, la Adolescencia y la Familia, Gabriel Lerner, reconoció que el índice de negación de la libertad es muy alto. "Creo que el tratamiento con larga privación de la libertad no logra buenos resultados en materia de reinserción, pero al mismo tiempo hay una demanda social muy fuerte hacia una mayor «prisionización» de estos chicos", opinó.

No caben dudas que las instituciones punitivas que tratan con menores resultan funcionales a un discurso de “desigualdad natural”, ofreciéndose las mismas como espacios correctores y a la vez contenedores de la demanda social de orden. “Desde los objetivos imaginarios el sistema institucional construye puentes con la sociedad que posibilita retornos de los niños luego de procesos de socialización establecida”, señala Mónica Malagamba, docente de la Universidad Nacional de La Pampa.

Según estadísticas difundidas en junio de 2005: ocho de cada diez presos adultos pasaron por un instituto de menores.

Para la jueza de menores Marta Pascual, cada chico institucionalizado "le sale muy caro al estado". "Y si tenemos en cuenta que ocho de cada diez menores que salen de un instituto vuelven a delinquir, eso comprueba que el sistema es inoperante", dijo Pascual. Con frecuencia, la Secretaría de Derechos Humanos ha recibido denuncias de malos tratos hacia niños y adolescentes sobre institutos de distintos puntos del país.

Aunque nuestro país, en 1990, rubricó la Convención de los Derechos del Niño y la incorporó a la Constitución cuatro años después, la política judicial para con los menores se sigue rigiendo por la arcaica ley de patronato de 1919, que brinda a los jueces la posibilidad de recluir a los chicos de menos de 18 años si consideran que están en riesgo "físico o moral".
“El discurso de la minoridad y la delegación de la institucionalización del menor de edad se producen entre 1919 y 1930, período durante el cual los niños fueron evaluados según su condición social y según su origen, a partir de la aplicación de la modernización escolar y la intervención estatal para la institucionalización de la niñez no escolarizada. Desde una perspectiva que entendía que la pertenencia a familias pobres los colocaba en riesgo social, se establecen las categorizaciones dentro del universo de la niñez: los pobres, los de clases media y alta. De ahí en adelante los niños de sectores pobres se transformarán en menores, sin más. Corresponde a 1919 la sanción de la ley Agote, que da origen al patronato del menor, figura institucional que designa la tutela del Estado. La misma establece la intervención del Poder Judicial y del Ejecutivo: Tribunales de Menores y Consejo Nacional o Subsecretaría de Minoridad, incumbencia de las partes tanto en los asuntos penales como asistenciales. El juzgado determina la pena que corresponde imponer al menor que ha cometido delito: la privación de la libertad se cumplirá en la modalidad que el Juez disponga, en establecimientos especiales de régimen cerrado o semicerrados dependientes de la Subsecretaría en la provincia de Buenos Aires”, nos recuerda Mónica Malagamba.

El estudio realizado por el investigador Gustavo Ponce (2001), "Los hijos invisibles del Estado", se propuso conocer las consecuencias en la vida adulta del paso por instituciones tutelares durante la infancia y adolescencia. Divulgado por Periodismo Social, sistematizó 28 entrevistas a 16 hombres y 12 mujeres que tuvieron al menos una experiencia de internación en institutos de menores, entre 1970 y 1990. El trabajo asegura que el sistema de patronato recae mayormente sobre niños de familias pobres y que los adultos que pasaron por instituciones tutelares continúan perteneciendo a sectores de bajos ingresos. Del total de los entrevistados, 26 valoraron negativamente el pasaje por las instituciones.

En definitiva, además de buenas leyes y buenos agentes de aplicación de las mismas, es necesario reformular y dar calidad a las instituciones, en especial a las carcelarias y de menores, con personal debidamente capacitado, bien remunerado y en condiciones laborales dignas. Pero no hay que ser ingenuos. Quienes allí se desempeñen no serán muy distintos a lo que la sociedad argentina es en el presente y pretenda ser en el futuro. Además, es bueno tener presente los mecanismos que desarrollan las propias instituciones que muchas veces las llevan a su burocratización y degradación respecto a los fines últimos para los que se suponen han sido creadas.

Deberemos tener también bien presente que la institucionalización y/o penalización de los menores pobres (porque en definitiva de ellos se trata) no será la solución mientras se decida vivir ciegamente en una sociedad donde la principal ley es la fractura social o sea la ley del sálvese quien pueda.

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